¿Licencia de paternidad?

El Decreto Ley 234 establece la licencia retribuida para los padres que necesitan cuidar de sus hijos. Indecisiones, prejuicios, actitudes machistas y desconocimiento influyen hoy en su implementación

ALINA M. LOTTI, MARÍA DE LAS NIEVES GALÁ, LOURDES REY, EDUARDO PALOMARES y REINALDO RODRÍGUEZ

Fernando Méndez Pelegrino perdió a su esposa dos días después del parto de la pequeña Dayma Lorena. Ante el dolor se impuso la preocupación: ¿cómo se las arreglaría para cuidar a esa bebita, si sus padres ya ancianos apenas podrían colaborar con él?

Técnico de producción biológica del Ministerio de la Agricultura en la provincia de Santiago de Cuba, supo entonces que no quedaría desamparado, aun cuando tendría que “estrenarse” de papá sin otra ayuda.

En agosto de 2003, un sueño de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC) se hizo realidad: se aprobó el Decreto-Ley 234 “De la maternidad de la trabajadora”, el cual propicia la responsabilidad compartida de la madre y el padre en el cuidado y atención de los hijos, y la del padre en caso de fallecimiento de la madre.

Uno de estos días, mientras lavaba pañales en el patio de su casa, Fernando dijo: “De no ser por esta ley, no sé qué habría sido de mí, pues hubiese tenido que buscar a alguien que cuidara a la niña y asumirlo como único sostén”.

En Cienfuegos, Armando Salgado, trabajador de la construcción, expresó que no imaginaba cómo un hombre podría tener a su cuidado un recién nacido. “Es difícil para nosotros darles los alimentos, cambiarlos de pañales y, sobre todo, cargarlos y mimarlos cuando lloran y desconoces el motivo. ¡Uno no sabe qué hacer en esa situación!”.

En cambio, Jorge Luis Antuña, padre por segunda vez, gusta de cargar al pequeño Gabriel, lo mima y se desenvuelve bien cuando tiene que bañarlo o darle de comer. Considera que el Decreto es una buena opción para quienes lo necesiten, “pero por ahora Gabrielito está mejor con su mamá”.

INCUESTIONABLE LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

Durante muchos años la Federación de Mujeres Cubanas ha hablado de responsabilidad compartida, pues está demostrado que en el desarrollo integral de los hijos, tanto el padre como la madres desempeñan un importante papel.
Aun cuando rezagos de una cultura machista de una gran parte de la población ha incidido en que no se haya avanzado tan rápidamente en el cumplimiento de la responsabilidad de atención práctica a la prole, desde el punto de vista económico, tampoco existía un amparo legal que permitiera al padre acogerse a una licencia retribuida para cuidar a su descendiente.

Una encuesta a hombres y mujeres refleja que aún existen prejuicios para tomar en cuenta esta variante y, que existe una sobrevaloración maternal.

Un debate sobre el tema con enfermeras y pacientes de la sala de pre-parto del hospital materno Tamara Bunke, de Santiago de Cuba, reveló que en este asunto todavía predomina la incultura. Las mujeres se arrogan la atención del hijo, mientras los hombres no sólo les dan ese derecho, sino que se acomodan a ello.

Según una encuesta realizada en Villa Clara, existen prejuicios de los hombres, a pesar del beneficio que esta ley reporta. En parejas jóvenes, sobre todo, hay freno en cuanto a que ellos se queden en casa. Raúl Peña, especialista principal de la Seguridad Social en ese territorio, explicó que ahí solo tres casos se han acogido a la ley. Uno en el municipio de Caibarién y otro en Remedios, y el de Santa Clara, ya cumplió el período.
Peña relató que hubo uno al cual la administración, por desconocimiento le negó ese derecho, pero luego lo aceptó sin mayores complicaciones.

UN RECLAMO DE AÑOS

Hasta la fecha solo 17 padres en el país se han acogido a este Decreto-Ley. Cada una de las provincias de Pinar del Río, La Habana, Camagüey, Las Tunas y Guantánamo tienen uno; Villa Clara tiene 2; Santiago de Cuba y Cienfuegos tiene 3; y Granma, cuatro .

Según Esther Criollo Hidalgo, directora jurídica del Instituto Nacional de Asistencia y Seguridad Social, es incorrecto hablar de licencia de “paternidad”. La posibilidad que se le da al padre para el cuidado del menor es la misma que se brinda a las familias materna y paterna. En el caso del fallecimiento de la madre, el padre puede asumir el cuidado, o delegar su responsabilidad en otro familiar.

 “Esto es algo que la población había solicitado mucho. La gente se preguntaba por qué el padre trabajador no se podía ocupar del cuidado del menor. En una conferencia que di en Matanzas, en la década de los años 90, encontré un caso muy específico: había muerto la mamá del niño y la administración no sabía cómo tratar la situación desde el punto de vista legal. Ellos se preguntaban: ¿amparados en qué damos la licencia?, pues jurídicamente no contaban con la posibilidad de aplicarla.

“Las administraciones tienen la facultad de conceder una licencia sin sueldo a un trabajador siempre y cuando entienda las condiciones de esa persona, eso es una facultad administrativa. Pero lo que ofrece este nuevo Decreto es algo muy revolucionario.

“Todavía los hombres no han hecho todo el uso de esta oportunidad. Puede ser por tradición, porque el cuidado del menor siempre se ha considerado una tarea de las madres. Ya está cambiando un poco ese pensamiento y es muy importante, porque responsabilidad tienen los dos.

“Lo más novedoso del Decreto es la oportunidad que tiene la familia, fundamentalmente el padre, de ocuparse del cuidado del menor, y también la posibilidad que tiene la madre con hijos discapacitados de tener que se le otorgue una licencia por un período de tres años. Es algo muy humano.”

¿DESCONOCIMIENTO DE LA LEY O PURO MACHISMO?

Sin lugar a dudas, el Decreto-Ley 234 es de los hechos más trascendentales que en materia de igualdad ha concebido y llevado a cabo la Revolución, impulsada por la FMC. Con su implementación ya no habrá que escuchar el reclamo justo de los hombres para cuidar a sus hijos.

Queda instituido de manera jurídica que tanto padres como madres están en igualdad de condiciones y, por tanto, corresponde a la familia tomar la decisión de quién va a atender al niño en su primer año de vida.

Ahora la cuestión es otra. Tanto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como fuentes de la FMC consultadas, se preguntan por qué la cifra de hombres que se han acogido a este beneficio es tan baja: ¿desconocimiento de la ley o puro machismo? Ambos ingredientes abundan en este plato.

Mientras los hombres transitan por prejuicios e indecisiones, ellas se toman el asunto “muy en serio”, con un egoísmo desproporcionado.

Entrevistas realizadas en el Hospital Ginecobstétrico América Arias, en esta capital, evidenciaron tales actitudes. Aldo Hernández, trabajador de la entidad Habaguanex, con 33 años y papá por segunda ocasión; dijo desconocer el Decreto. No obstante afirmó “que el hombre debe estar en la calle para luchar por la familia, es quien debe llevar la delantera en el sustento económico. Yo puedo cuidar al niño en un momento determinado, pero no me gustaría quedarme en la casa, ¡la mujer puede hacerlo mejor!”.

El desconocimiento de la ley también se puso de manifiesto, casi en su totalidad, en la sala donde permanecen las embarazadas que padecen de diabetes. Niurka Díaz, trabajadora de un frigorífico, cree que la ley es muy buena, y dijo que los hombres no cuentan con ningún impedimento para cuidar de sus hijos, aun cuando la lactancia corresponda de manera única a la madre.

Las cifras de hombres que se han acogido al Decreto demuestran también, en alguna medida, el desconocimiento que sobre el tema tienen los empresarios. Es cierto que muchos no han tenido que enfrentarse a su cumplimiento, mientras otros refieren que sería difícil, “pues hay trabajadores muy valiosos y suplirlos es muy complicado”. Criterio que también denota machismo en un país donde la fuerza técnica calificada está integrada en el 66,4% por mujeres.

Los directivos deben tener en cuenta el contenido del Decreto, sobre todo para aplicarlo correctamente. Raúl Medina Cruz, director de la Empresa del Seguro Estatal en la Perla del Sur, subrayó que en muy pocos países, como sucede en Cuba, existe una ley que ampare los derechos no solo de la mujer, sino de toda la familia.



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